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AYUDAS AL SECTOR ARTESANO

Beneficiarios
Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, cuyas actuaciones objeto de subvención se realicen en talleres artesanales ubicados en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, B.O.A. número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria).

Requisitos
Serán requisitos para el acceso a estas ayudas:

  • Estar en posesión del Documento de Calificación Artesanal que concede el Gobierno de Aragón (Orden de 6 de julio de 1990, B.O.A. nº 88, de 27 de julio y Orden de 29 de marzo de 2007, B.O.A nº 43, de 13 de abril) en el momento de efectuar la solicitud de la subvención, y que la empresa se encuentre radicada en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Si alguno de los solicitantes no estuviera en posesión del Documento de Calificación Artesanal, dispondrá de un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación establecida en el apartado sexto para subsanar este defecto.
  • Los justificantes de pago correspondientes a los gastos subvencionables indicados deben estar comprendidos en el periodo entre el 16 de octubre de 2013 y el 15 de octubre de 2014, con independencia de que el gasto se haya realizado en fecha anterior al 16 de octubre de 2013.

Actuaciones subvencionables

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones siguientes:

     a) La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos. 

  • Inversiones en activos fijos: obras de acondicionamiento del local destinado a la producción o actividad artesanal, maquinaria destinada al proceso artesanal, medios informáticos destinados a contabilidad, facturación, investigación y diseño, con un máximo de 20.000 € y un mínimo de 2.000 € de inversión subvencionable.

     b) La incorporación del comercio electrónico al sector artesano

  •  Adquisición e implantación de herramientas de software de comercio electrónico que incluyan venta on-line, con pasarela de pago y carrito de la compra.
  • Adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar dicha funcionalidad.

     c) Participación como expositor en ferias comerciales celebradas durante los años 2013 y 2014 fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.

     d) La incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana, dados de alta en Seguridad Social durante el año 2013 ó 2014. Sólo será subvencionable el período comprendido entre el 16 de octubre de 2013 y el 15 de octubre de 2014, con un máximo de doce mensualidades en dos ejercicios consecutivos.

Plazos
El plazo de solicitud finalizará el 17 de marzo de 2014.

Solicitudes
Las solicitudes se presentarán según modelo que figura como Anexo VII. Junto a la solicitud, además de la documentación general exigida para todas las subvenciones en el apartado 5, deberá presentarse la siguiente documentación:

a) Memoria valorada o proyecto donde se describan los objetivos perseguidos con la solicitud de la ayuda, incluyendo presupuesto o     factura proforma.

b) Copia del Documento de Calificación Artesanal. 

c) Certificación de Hacienda justificativa del alta en el epígrafe correspondiente del I.A.E o autorización cumplimentada para solicitar dicha autorización por esta administración.

d) Relación de los puestos de trabajo en el ejercicio 2011, 2012 y 2013 con la correspondiente certificación justificativa de Seguridad social o los documentos TC2 correspondientes.

e) Tres fotografías significativas del estado del taller artesanal antes de la reforma, para su comparación con la situación después de la reforma. 

En archivo adjunto encontrara el Anexo correspondiente para realizar la solicitud de ayuda.     Impresos Ayudas al Sector Artesano Aragonés

Ayudas ADIA 2014

Ayudas ADIA 2014

El BOA de hoy 15 de noviembre publica la ORDEN 25 OCTUBRE 2013 , del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan para el ejercicio de 2014, en régimen de concurrencia competitiva, Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA).


Beneficiarios

Empresas radicadas y que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que realicen actividad industrial, así como otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma.

Objeto

Ayudas destinadas a proyectos empresariales en dos modalidades:

Modalidad A: Ayudas a la inversión, PARA EMPRESAS DE CUALQUIER TAMAÑO, con el requisito de que el proyecto de inversión lleve asociada, al menos, una de las siguientes condiciones.   ATENCION A LOS 4 PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES y AL PERIODO SUBVENCIONABLE (ver más abajo)

  1. La adquisición de activos nuevos, acompañada de la formalización de nuevos contratos de empleo, que suponga el mismo incremento neto de plantilla en Aragón de, al menos, 15 puestos de trabajo con respecto a la media del ejercicio 2013.
  2. La adquisición de activos fijos vinculados directamente a un establecimiento, cuando éste haya cerrado, o lo hubiera hecho de no haber sido adquirido. En todo caso, la actividad deberá continuar con un mantenimiento adecuado del empleo, equivalente, al menos, al 75% de la plantilla original.

Modalidad B: Ayudas a las PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.  ATENCION AL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y AL PERIODO SUBVENCIONABLE  ES DIFERENTE A LA Modalidad A (ver más abajo)

  • Ayudas a las PYME para inversión (*)
  • Ayudas a las PYME para investigación y desarrollo experimental industrial.
  • Ayudas a las PYME para derechos de propiedad industrial.
  • Ayudas a las PYME para servicios de consultoría.

(*)En el caso de Ayudas PYME para inversión, deben llevar asociada la formalización de nuevos contratos de empleo durante el ejercicio 2014 y suponga el mismo incremento neto de plantilla en Aragón con respecto al ejercicio 2013.

Plazo de Presentación

Modalidad A:se establecen cuatro plazos (Recordamos: PARA EMPRESAS DE CUALQUIER TAMAÑO en esta modalidad)

  • Plazo 1: Desde el 16 de noviembre, hasta el  31 de enero de 2014
  • Plazo 2: Desde el 1 de febrero hasta, el 31 de marzo de 2014
  • Plazo 3: Desde el 1 de abril hasta, el 30 de junio de 2014
  • Plazo 4: Desde el 1 de julio hasta, el 30 de septiembre de 2014

Modalidad B: Desde 16 de noviembre, hasta el 16 de diciembre de 2013 (Recordamos: PARA PYMES en esta modalidad)

Periodo subvencionable

Modalidad A:

  • Plazo 1: desde 1 de enero de 2014 a 31 de diciembre de 2014
  • Plazo 2: desde el día siguiente al de la fecha de solicitud hasta el 31 de marzo de 2015
  • Plazo 3: desde el día siguiente al de la fecha de solicitud hasta el 30 de junio de 2015
  • Plazo 4: desde el día siguiente al de la fecha de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2015

Modalidad B: desde 1 de enero de 2014 a 31 de diciembre de 2014

Cuantía de la ayuda


Más información

Convocatoria: ORDEN 25 OCTUBRE 2013 , del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan para el ejercicio de 2014, en régimen de concurrencia competitiva, Ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA).

Bases reguladoras: ORDEN de 11 de NOVIEMBRE de 2009, por la que se aprueban, las bases que han de regir las ayudas para el Desarrollo Competitivo de la Actividad Industrial en Aragón (ADIA).

Gobierno de Aragón: www.aragon.es

Para más información: Conchita Sanz (csanz@fitca.com)

ICO 2013 El Instituto de Crédito Oficial pone 22.000 millones de euros a disposición de autónomos y empresas

Entre las principales novedades de las Líneas ICO 2013 destaca la diferencia de los tipos de interés en función de los plazos de amortización de las operaciones.   Estas líneas se podrán tramitar a través de las entidades de crédito  (ver acuerdo BANCO SABADELL con FITCA), encargadas de analizar los proyectos, exigir garantías y cubrir el riesgo de operaciones.

Las líneas se simplifican y se centran en dos grandes áreas de actividad que permitirán financiar los proyectos de inversión y necesidades de liquidez de las empresas y autónomos, tanto en el territorio nacional como en el exterior:

1) EMPRESAS y EMPRENDEDORES

  • Dotada con 18.000 millones, con un máximo de 10 millones por cliente

Línea ICO Empresas y Emprendedores 2013

2) INTERNACIONALIZACIÓN:

  • Línea ICO Internacional, dotada con 4.000 millones, con un máximo de 10 millones por cliente

Línea ICO Internacional 2013

  • Línea ICO Exportadores 2013, dotada con 500 millones, con un máximo de 5 millones por cliente

Línea ICO Exportadores 2013

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