Subvenciones para la Implantación y Difusión de la Sociedad de la Información y de la Sociedad del Conocimiento (Comercio Electrónico)
Convoca: Gobierno de Aragón / Dpto. Industria e Innovación (BOA 8/02/2012).
Acciones subvencionables: adquisición e implantación de herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta on line, con pasarela de pago y carrito de la compra y la adaptación de tiendas virtuales ya existente para incorporar esta funcionalidad.
No serán subvencionables: las actuaciones consistentes en la mejora de herramientas de software de comercio electrónico ya implantadas o la sustitución de estas por otras nuevas. Tampoco será subvencionable la sustitución de una tienda virtual por otra nueva o las mejoras a la misma que excedan la incorporación de la funcionalidad de venta online indicada.
Beneficiarios: PYMES y empresarios autónomos, cuyo objeto social no corresponda al Sector tecnologías de la información.
Plazo de Presentación: 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación
Cuantía: hasta el 50% del coste subvencionable, con un máximo de 5.000 € por beneficiario.
Observaciones: bases reguladoras de esta línea de ayuda establecidas en el Decreto 188/2008 de 23 de septiembre del Gobierno de Aragón modificado por el Decreto 211/2009, de 1 de diciembre.
Solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán según el modelo normalizado previsto en el anexo I de esta Orden y disponible a través del portal www.aragon.es, en la Oficina Virtual de Trámites, en la materia «Telecomunicaciones y Sociedad de la Información».2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente
Si está interesado en acceder a esta subvención, lea con detalle la Orden publicada en el BOE: